BOXEO ARGENTINO

El TAS, durísimo contra las hermanas Sánchez: hizo lugar a WADA y las sancionó por cuatro años

Aunque se esperaba que no apelaran la resolución de la Comisión Nacional Antidopaje (CNAD), la Agencia Mundial Antidopaje (WADA) recurrió y el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) dictaminó una dura sanción para Leonela y Dayana Sánchez: las hermanas no podrán pelear por cuatro años.

En un laudo arbitral publicado hoy -en realidad son dos laudos, idénticos-, el TAS resolvió a favor de WADA y anuló el fallo del 30 de diciembre del 2020, en el que Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje indicaba que la sanción de las medallistas panamericanas vencía el 30 de mayo de este año. La sentencia, firmada por el abogado español Jordi López Batet, quien ofició como árbitro único, pide además revocar los resultados obtenidos desde el 21 de noviembre de 2019 y el retiro de posibles medallas, puntos y premiaciones. Asimismo, se señala que el costo del arbitraje deberá ser pagado por las boxeadoras y la CNAD, en partes iguales.

Cabe recordar que Leonela y Dayana Sánchez dieron positivo de furosemida en un control de rutina realizado el 21 de noviembre de 2019, en el Cenard. Pese a esto, las dos fueron convocadas para participar en los Juegos Olímpicos de Tokio, algo que sólo pudo hacer Dayana, ya que la menor de las cordobesas había sido mamá en octubre del año pasado. Por estos días, ambas se estaban entrenando para, antes de fin de año, debutar como boxeadoras profesionales.

Tres años y poco margen para protestar
Aunque el gran interrogante es saber a partir de cuándo se computa la sanción, una fuente cercana a la CNAD le aseguró a A LA VERA DEL RING que a los cuatro años hay que descontarles los meses que transcurrieron entre el laudo dictado por el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje (30 de diciembre de 2020) y el dictado por el TAS (11 de noviembre de 2021). Es decir que, de ser esto cierto, a las boxeadoras de 29 (Dayana) y 27 (Leonela) años les quedarían poco más de tres temporadas de suspensión y no cuatro.

Poco margen para apelar
Dado que el TAS es el máximo órgano de jurisdicción deportiva en el mundo, apelar laudos como estos parece improbable. Legalmente, la única alternativa que existe es reclamar la nulidad de la resolución ante el Tribunal Federal Suizo y por cuestiones de forma, no de fondo. De acuerdo a lo consignado por el estudio jurídico GHER Sports, las estadísticas muestran que menos del 10 por ciento de esas acciones resultan exitosas.

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